Política general Constancias laborales y/o Contrato de aprendizaje
- Las constancias laborales y/o contrato de aprendizaje son documentos en los que se certifica el vínculo laboral y de aprendizaje de los empleados y aprendices que tengan o hayan tenido contrato(s) laboral(es) o de aprendizaje con la Universidad.
- Toda solicitud de constancia laboral y de contrato de aprendizaje, será tramitada a través del Departamento de Talento Humano, quien la expedirá por escrito, con la firma correspondiente.
- La Dirección de Desarrollo Humano y Bienestar es la única dependencia autorizada para formalizar la expedición de constancias laborales y de aprendizaje, a través del(a) Director(a) de Desarrollo Humano y Bienestar y de manera excepcional el jefe(a) de Talento Humano.
- Las constancias se entregan el tercer día hábil, contados a partir del día siguiente de la fecha de la solicitud.
- Nota: en caso que se presente una contingencia que no permita la entrega de las constancias en el tiempo establecido, se informará la situación y el tiempo de entrega. La contingencia será declarada por el(a) jefe(a) de Talento Humano.
- En las constancias laborales se certifica: antigüedad, cargo, salario, entidades de seguridad social, tipo de contrato, experiencia y responsabilidades. No se certifica información relacionada con logros, desempeño, profesión entre otros.
- Sí en el término de 1 mes a partir de la fecha de elaboración, no se ha reclamado la constancia, se procederá con la destrucción de la misma.
- Para la entrega de las constancias el titular, debe presentar el documento de identidad. En el caso que no pueda reclamarla personalmente, deberá escribir un correo a constancialaboral@eafit.edu.co con los datos de la persona a quien va a delegar.